jueves, 22 de octubre de 2009

OBLIGACIONES DE LOS PATRONES


1. Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones, de conformidad con las normas vigentes en la empresa o establecimiento.


2. Porporcinor un lugar seguro para la guarda de los instrumentos y materiales de trabajo pretenecientes al trabajado.


3. Mantener el numero suficiente de asientos o sillas a discosicion de los trabajadores en las casas comerciales, oficinas, como hoteles, restaurantes y otro centros de trabajo analogos.


4. Guardar a los trabajadores la devida consideracion, absteniendose de maltrato de palabra o de obra.


5. Expedir cada 15 dias, a solicitud de los trabajadores, una constancia escrita de el numero de dias trabajados y del salario percivido.


6. Conseder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto y servicio cuando sean las elecciones populares.


7. Colavorar con las autoridades de trabajo y de educacion de programas de alfabetizacion.


8. Porporcionar capacitacion y adiestramiento a sus trabajadores.


9. Cumplir las disposiciones de seguridad e higiene que figen las leyes y los reglamentos para prevenir los accidentes y enfermedades en los centros de trabajo.


10. Fijar visiblemente y dufundir en la empresa los reglamentos instructivos de seguridad e higiene.


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